lunes, 16 de diciembre de 2013

El atentado socialista contra el general Bosch: segunda sentencia y ejecución

El 26 de junio de 1943 se reunió en el Cuartel de Atocha el consejo de guerra ordinario de plaza para ver y fallar la causa instruida contra Enrique Pena Vila y Félix Gila Esteban. Lo presidió el coronel de Artillería Francisco Javier Judel Peón, participando como vocales el capitán de Artillería Juan Montenegro de Irizal; y los de Infantería Justo Rodríguez Santos, Alfredo Vázquez Barral, Victoriano Pardo González y Fernando Sánchez Triñanes. Ejerció las funciones de vocal ponente el teniente auditor de segunda del Cuerpo Jurídico Militar, Rafael Vaamonde Mallo; como fiscal, informó ante el consejo el teniente honorífico del mismo cuerpo, Emilio de Isasa Navarro. Fue defensor de Enrique Pena Vila, el capitán de Infantería Eugenio Pita Blanco. Como defensor de Félix Gila informó ante el tribunal el capitán de Ingenieros Luciano Fernández de la Vega.

La vista se prolongó a lo largo de la mañana y parte de la tarde de ese sábado. El fiscal en sus conclusiones definitivas solicitó, en nombre de la Ley, que se impusiese a Pena Vila la pena de 30 años por el delito de asesinato, y que sufriese la de muerte por el de rebelión; asimismo solicito ocho años de presidio mayor para Félix Gila como cómplice de asesinato. La defensa de este último interesó la libre absolución de su patrocinado, y la de Enrique Pena trató de desvirtuar las acusaciones de adhesión a la rebelión y solicitó que se le condenase no como autor de asesinato sino como cómplice.

Reunido el consejo para deliberar en sesión secreta consideraron probado que Félix Gila fue cómplice de asesinato frustrado siendo condenado a seis años y un día de prisión mayor con las accesorias habituales. Por su parte a Enrique Pena lo consideraron autor de un delito de asesinato frustrado con agravantes de alevosía, nocturnidad y verificar el delito en la morada del ofendido. Por este hecho lo condenaron a diez años de reclusión mayor con las accesorias habituales. Lo consideraron asimismo autor de un delito de adhesión a la rebelión, y por este hecho lo condenaron a sufrir la pena de muerte. Como a la altura de 1943 no se ejecutaba a nadie por adhesión a la rebelión a no ser que tuviese las manos manchadas de sangre, o que hubiese participado en violaciones, latrocinios, profanaciones, clueldades, y otros hechos que repugnan a cualquier conciencia honrada, sea cual fuere su ideología, el propio consejo propuso en la sentencia que se le conmutase la pena capital por la inferior en grado de reclusión perpetua, que no era perpetua sino de 30 años, como así sucedió. Félix Gila fue indultado del resto de la pena que le quedaba por cumplir en febrero de 1947. Por su parte Enrique Pena se benefició de varios indultos y salió de prisión en abril de 1949.

Como decía en la anterior anotación, yo creo que el atentado contra el general Bosch es un intento de parar el movimiento que tenían previsto desarrollar los militares el 19 de abril de 1936. Veremos que en la noche del atentado uno de los participantes, France García, presidente de las JJ SS --según testimonio del propio gobernador, Francisco Pérez Carballo-- le dio noticias de madrugada de una reunión de militares desarrollada esa misma tarde ¿El gobernador recibe confidencias de uno de los participantes en el atentado en la misma madrugada en que se produce y no está complicado ni sabe nada? Es posible, pero como en esta causa el policía Fernando Freire Gago proporcionó los nombres exactos de los participantes a los pocos días de comenzar la guerra y reabrirse la causa; como este funcionario despliega una actividad en mi opinión inusitada a la hora de facilitar pruebas a la justicia militar, por ejemplo en la causa instruida contra los organizadores de la rebelión que hizo oposición al Ejército el 20 de julio en La Coruña, caso del alcalde, del diputado José Miñones, del también diputado Manuel Guzmán, etc.; como este policía estaba adscrito al Gobierno Civil y cualquiera diría por la actividad desplegada que hizo todo lo posible por subirse al carro del Movimiento, o que estaba adherido al mismo manteniendo una actividad silente en su favor, poseyendo una información tan precisa como llamativa sobre los participantes en el asesinato frustrado del general Bosch; como el mismo gobernador trató de hacerse con las armas que se conservaban en la Audiencia como pruebas de convicción a principios de julio empleando métodos poco ortodoxos, incluso exigiéndole la entrega de las mismas al presidente a través de un policía que le envío; como quiera que cuando en la noche del 17 al 18 de julio veremos que en el asalto y robo de armas en la Audiencia tuvieron un papel destacado las JJ SS y el hecho estuvo patrocinado por el Gobierno Civil, que desplazó allí al capitán de Asalto Gonzalo Tejero Langarita para retirar a los guardias también de Asalto que custodiaban el portal de Radio Coruña; como en las declaraciones de los acusados de este robo de armas se dice que el gobernador garantizó la impunidad de los asaltantes, en vista de todo lo anterior, en mi opinión no sería de extrañar y hasta me parece bastante probable que el atentado contra el general Bosch fuese organizado o autorizado por el Gobierno Civil de la provincia y que no se tratase de una mera iniciativa particular de las JJ SS de La Coruña.




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