jueves, 13 de mayo de 2010

Jo que corte: ¡salimos en el Archivamos!


Y yo con estos pelos... Suelo leer el Archivamos, sino de arriba abajo, en general la mayor parte de los artículos. Yo diría que su contenido, además de interesante, suele ser francamente original, pero este mes no había tenido ocasión de echarle un vistazo. El número, supongo que por alguna de esas confusiones que se dan a veces no tuvo la circulación habitual. El caso es que hoy cayó en mis manos, y claro, aunque con una cierta prisa, me puse a ojearlo y hojearlo con rapidez ¿y qué me encuentro? Que uno de los autores ha tenido a bien incluir este blog (chorras y sin pretensiones) en su sección, y... que no me lo esperaba, me he puesto colorao, y no sé qué más decir como no sea: Gracias :-)


3 comentarios:

David dijo...

Mis felicitaciones por este blog "chorras y sin pretensiones", como su autor lo califica, calificación con la que no estoy de acuerdo, pues su contenido resulta interesante.
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Al margen del expresado parabién, y en relación con uno de los temas del blog: le rogaría que pusiese en el mismo, en este apartado, un enlace con el artículo de opinión que publica Fernando Ónega, hoy sábado, 15 de mayo de 2010,en el diario La Voz de Galicia.
Un saludo.

David dijo...

Con la sana intención de ilustrar un poco a aquellos que les importa un bledo la presunción de inocecencia del Magistrado-Juez Baltasar Garzón y que se ponen de parte de los querellantes (de extrema derecho)y de la instrucción del juez Varela, le recomiendo al tutular del blog, puesto que se ha pronunciado a favor del procesamiento y condena de Garzón por las razones que tuviere Don Miguel por conveniente, le recomiendo otro enlace:
http:/ruedasdemolino.periodismohumano.com/2010/04/07/la-amnistia-de-1977-y-el-derecho-internacional/

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Respetuosamente, reciba Don Miguel, o la ninha, un respetuoso saludo.

David dijo...

Y además de no se olvide que la Constitución Española de 1978 en su disposición derogaroria ordena que "Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a esta Constitución". No se olviden los arts. 10 y 15 a 29 de Constitución española, poniéndose también especial énfasis al art. 24 CE. Y le recuerdo lo que dije sobre el Derecho Internacional General, que para más aclaración, también se le denomina Derecho Internacional Consuetudinario (la Costumbre como fuente del Derecho Internacional) con todo lo que sus normas implican sobre lo previsto en las constituciones democráticas de cualquier Estado de este mundillo.
La Administración de Justicia dictará Sentencia, esto es, los quince Magistrados del Tribunal Supremo a los que a usted le parecen muchos. Veremos en que sentido. Si a Garzón se le condena, estoy esperando leer con impaciencia los Fundamentos de Derecho.
De paso aprovecho para regalarle la Ley de Amnistía. A ver si con ella le resulta suficiente para poner más énfasis en su postura a favor del procesamiento de Baltasar Garzón, amparándose en sus "fundamentos jurídicos" sobre la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras y restrictivas de derechos individuales ha la que Don Miguel ha hecho referencia literal para defender su posicionamiento a favor de las querella de la extrema derecha interpuesta contra Garzón por un supuesto delito al ignorar "la luminosa estrella de la Ley de Amnistia", supongo que más que nada por motivos no jurídicos. Supongo, eh!!

Como siempre, mi más cortés saludo.