domingo, 6 de octubre de 2013

Destitución de concejales y ayuntamientos

Con motivo de la revolución de octubre de 1934 y una vez declarado el consiguiente estado de guerra en todo el territorio nacional, en la provincia de La Coruña a la altura de diciembre se habían producido suspensiones totales o parciales en 17 ayuntamientos de los aproximadamente 70 que había entonces. En cinco la destitución afectó a toda la corporación. En los 12 restantes se suspende a algunos de los concejales (Grandío, 2010, 202-203).

En el caso del Ayuntamiento de La Coruña se suspendió a diez concejales. El General Jefe de la División envió un delegado a la sesión que celebró el Ayuntamiento el 17 de octubre de 1934, habiendo perdido la confianza en esos diez concejales debido a su falta de completa adhesión al poder público en un momento en el que las instituciones legítimas habían sufrido un ataque criminal por parte de los revolucionarios. Los destituidos pertenecían en origen a la ORGA (6) y al Partido Republicano Radical Socialista (4). No se suspendió a todos los concejales de estos partidos, y sí parece que sólo a los que el general jefe de la División apreció como completamente desafectos al poder público, que tal vez coincidan con los que se integraron en Izquierda Republicana. De los 39 concejales que se eligieron en la votación del 12 de abril de 1931, cinco de la ORGA no fueron destituidos; como tampoco se destituyó a tres que se habían elegido entre los del Partido Republicano Radical Socialista (Barreiro, 1996, 589-590).

Los concejales que cesaron en sus funciones se querellaron contra quienes los sustituyeron por prolongación de funciones y usurpación de atribuciones, querella que fue desestimada por el juzgado; apelaron a la Audiencia y esta volvió a no darles la razón, como podéis ver en mis notas. Los defendió el abogado Juan González Rodríguez, concejal republicano independiente que tampoco fue suspendido.

DESTITUCIONES CON EL FRENTE POPULAR

Como acabamos de ver, tras las elecciones de noviembre de 1933 en las que gana el centro derecha, pasan once meses en los que no se tiene noticia de que suspendiesen en sus funciones a concejales o ayuntamientos. Fue la revolución de octubre de 1934 la que propició la destitución de concejales en 17 ayuntamientos, afectando a la totalidad de la corporación en cinco de los anteriores. Con la llegada al poder del Frente Popular, entre febrero y abril de 1936 se suspenden, en su totalidad, 54 corporaciones municipales de la provincia de La Coruña. Son sustituidas por concejales designados por el gobernador civil, según resulta del documento que transcribo más abajo. La diferencia es notable: el gobierno de centro derecha suspendió en 1934 a cinco corporaciones en su totalidad; el Frente Popular, a 54. Los motivos de las primeras suspensiones parecen claros y justificados, máxime debido a su pequeñez: su cooperación activa o pasiva con los que habían producido un levantamiento revolucionario; suspensión justificada a veces en mala y punible administración. Por lo que se refiere a los motivos que llevaron a las 54 destituciones totales efectuadas entre febrero y abril de 1936, conocemos el caso de Arteixo. Francisco Prego Campos --ejecutado al comenzar la guerra--, delegado del gobernador civil, dictó una providencia fundando el cese de la corporación salida de las urnas en 1931 en un supuesto "desasosiego y profundo malestar que he podido advertir en casi todo el vecindario", tanto "en el aspecto económico como por lo que se refiere a la alta conveniencia de la República", y en el deber ineludible de las autoridades por evitar que "tal desasosiego y malestar no se traduzca en una posible y segura alteración de orden público" (Blanco Rey, 2008, 548-549). Motivos tan genéricos como inveraces, que dan idea, una vez más, del carácter antidemocrático del Frente Popular, y que pese a ser tan evidente, los historiadores de izquierdas y de la izquierda se empeñan en no reconocer.

Transcribo un oficio de septiembre de 1937, dirigido al juez militar permanente del 8ª Cuerpo de Ejército que suscribe el gobernador civil interino, Ladislao Roig Mariño, presidente de la Audiencia Territorial de La Coruña. En las interinidades del Gobierno Civil, ejercía funciones de gobernador el presidente de la Audiencia Territorial. Así tuvo que haber sido tras las elecciones del 16 de febrero de 1936 si el Frente Popular no hubiese querido dar el pucherazo que, según es sabido, en esta provincia alcanzó proporciones de delito presidiable:

En contestación a su escrito de ayer, interesando informes de la actuación como Gobernador Civil de esta provincia de DON JOSÉ SÁNCHEZ GACIO, tengo el gusto de manifestarle que dicho Sr. desempeñó el referido cargo, desde el 20 de Febrero al 12 de Abril de 1936, y en este período fueron suspendidos en su totalidad y sustituidos por Corporaciones interinas, los ayuntamientos de Abegondo, Ames, Aranga, Arteijo, Baña, Boiro, Boqueijón, Buján, Cabañas, Cambre, Capela, Carnota, Cedeira, Cerceda, Coristanco, Culleredo, Curtis, Dodro, Enfesta, Frades, Irijoa, Mazaricos, Moeche, Monfero, Mañón, Malpica, Muros, Negreira, Noya, Oleiros, Órdenes, Oroso, Ortigueira, Outes, Oza de los Ríos, Padrón, Pino, Puebla, Puenteceso, Puentedeume, Rianjo, Riveira, Rois, Sada, Santiago, Somozas, Sobrado, Teo, Touro, Tordoya, Trazo, Valdoviño, Vedra y Vilasantar.

Cumpliendo Orden ministerial, fueron repuestos Concejales que procedían de elección popular y que habían sido suspendidos gubernativamente, en los Ayuntamientos de Ferrol, Boimorto, Brión, Carballo, Cee, Coruña, Betanzos, Mesía, Mellid, Mugardos, Paderne, Puebla, Puentedeume, Santa Comba y Serantes.

En otros varios Ayuntamientos se nombraron Concejales interinos para cubrir las vacantes existentes.

Es de suponer que las remociones de Ayuntamientos que antes se relacionan, fueran hechas en cumplimiento de órdenes del Ministerio de la Gobernación, ya que tales suspensiones estaban prohibidas sin autorización del Ministerio.- Pero en este Gobierno no consta orden alguna oficial.

Dios guarde a V.S. muchos años.

La Coruña 7 de Septiembre de 1937.-

EL GOBERNADOR CIVIL INTERINO

Ladislao Roig [rubricado y sellado con el de tinta azul del Gobierno Civil de la Provincia de La Coruña].

Causa 1.119 de 1937 de la Auditoría de Guerra de la Octava División Orgánica contra el paisano José Sánchez Gacio y otros por el delito de rebelión, fol. 75 de la primera pieza. Depositada en el Archivo Intermedio Militar Noroeste (Ferrol) por el Tribunal Militar Territorial IV (La Coruña).

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