domingo, 18 de noviembre de 2012

Un célebre atropello a la propiedad privada en Cambre

Digo célebre porque pese a no aparecer en la prensa local (o me pasó desapercibido), sí salió en la nacional, caso de La Vanguardia, y hasta fue objeto de atención por parte de Calvo Sotelo que se quejó en el Congreso de que el alcalde de Cambre había acordado expropiar sin indemnización una casa particular. Efectivamente, tras las elecciones de febrero de 1936 la corporación municipal que venía gobernando el Ayuntamiento de Cambre es destituida por el delegado del gobernador civil, Francisco Prego Campos --fusilado al comenzar la guerra por haber participado desde el Gobierno Civil en la resistencia y reparto de armas con las que matar o herir a los militares alzados-- nombra a una nueva corporación compuesta por concejales elegidos por el sistema de digitalización, de Izquierda Republicana. La nueva gestora municipal se reunió por primera vez para adoptar acuerdos el 29 de marzo de 1936, y como bien dice El Ideal Gallego en un artículo que veremos en próximos días, los concejales venían con ganas de comerse crudos a los de derechas, sobre todo si eran curas párrocos; aunque no sólo a estos. Así las cosas adoptaron entre otros el acuerdo siguiente:

El Concejal Sr. Fernández Riobó, hace uso de la palabra, exponiendo que [en] la parroquia de Pravio existe una casa que perteneció al Sr. Abelleira, y dejó éste, a su fallecimiento, para instalar en ella la escuela pública de dicha parroquia, [y] desde la muerte de aquel la disfruta D. Manuel Barja, vecino de La Coruña, por lo que procede su incautación por el Municipio. La Corporación acuerda requerir al Sr. Barja para que haga entrega de dicho edificio al Municipio, a fin de instalar en él la escuela pública de Pravio, si así procediera.

Manuel Barja Cerdeira parece ser el padre de Juan Barja de Quiroga, el célebre Comandante Barja, creador de la Bandera Legionaria Gallega que tan buenos servicios prestaría durante la guerra. Ambos eran abogados, y el segundo representará al primero en el atropello al que quería someterlo el Ayuntamiento de Cambre, representación en la que dejó en evidencia a los entusiastas concejales que querían comérselo crudo con semejante acuerdo. Entusiastas porque les urgía dar imagen de izquierda cañí, de confrontación; les urgía repartir caramelos entre los extremistas para que se viese que ellos también sabían sembrar odios; que las derechas y la Iglesia no eran sus adversarios sino sus enemigos.

Tras la sesión de 29 de marzo de 1936, el 30 de abril siguiente se comunicó a Manuel Barja Cerdeira que hiciese entrega de una casa que, según se decía, había dejado Juan Abelleira Gómez en su testamento para instalar en ella la escuela pública de Pravio, dándole un plazo de ocho días para verificarlo o que acreditase las causas que se lo impedían. Juan Barja de Quiroga responde al Ayuntamiento en 11 de mayo de 1936 indicando que según el testamento de Juan Abelleira, las casas números 10 y 11 de la Calle, en el lugar de San Bartolomé, parroquia de Pravio, término municipal de Cambre, correspondían en usufructo vitalicio a Manuel Barja Cerdeira y su esposa María Dolores de Quiroga y Lavalle, inmuebles que no habían de ser entregados a los legatarios durante la vida de los usufructuarios, y de los que éstos venían disfrutando en quieta y pacífica posesión desde hacía más de veinte años. Como es natural, el comandante Barja despliega todo un aparato jurídico en el que advierte de las acciones civiles y penales que emprendería su representado en caso de privarle de un bien que poseía con toda legitimidad y que el Ayuntamiento de Cambre quería usurparle sin ninguna. Es de suponer que ante el temor a que el Ayuntamiento no atendiese las alegaciones de su respuesta, se la participó al gobernador civil para que lo amparase en la pacífica posesión de los bienes a incautar. El alcalde, Manuel Riveiro, lejos de disculparse ante el grave error cometido al haberse fiado de chismes, amenazó punto menos que con tormentos, prisiones y martirios que iba ejecutar por tener la casa desocupada --me dicen que no es cierto, que vivía una mujer-- y hacerse así contra viento y marea con el inmueble, si bien parece que no llevaron adelante su atropello.
 
Todo se reducía a dar satisfacción con urgencia y de malos modos a los extremistas que querían comerse crudos a los de derechas para que viesen a los burgueses de Izquierda Republicana como amigos, los votasen mientras hubiese elecciones, y cuando estallase la revolución que los percibiesen como unos compañeros más, de un perfil más bajo que el suyo pero no enemigos de la clase obrera (revolucionaria). Se buscaba una disculpa para congraciarse con los extremistas, y una muy buena era la necesidad de inmuebles para instalar escuelas, y como para la izquierda patria el fin justifica los medios aunque hubiese que atropellar la Ley y los derechos de los demás, se podían adoptar acuerdos y desarrollar acciones de este tenor, que una vez ejecutadas, ya se sabía que por muy ilegales que fuesen el gobierno miraría para otro lado. Llevaban adelante sus atropellos, pese a que el secretario del Ayuntamiento --depurado al comenzar la guerra-- debió informar que antes de adoptar el acuerdo de incautación lo lógico sería conocer la fecha de fallecimiento de Juan Abelleira; solicitar un certificado al Registro de actos de última voluntad para conocer ante quien había otorgado el último testamento, pedir copia del mismo y enterarse acerca de su contenido. Sospecho que adoptaban acuerdos como este sin el menor rubor porque se sabía que estaba en marcha una reforma de la justicia para que la juridicidad de las resoluciones judiciales fuese lo de menos y lo de más los hechos consumados.

El inmueble, como se ve y resulta del testamento se dividió en dos casas. De acuerdo con la voluntad del testador, una se entregó para que fuese casa rectoral de Pravio --hoy desocupada-- y la otra para escuela pública de esta parroquia. Lo cual puede dar idea de que cuando al comenzar la guerra el Ferranchín amenazó a D. Francisco Filgueiras Herva, cura de Pravio, para que le entregase las armas o su cuerpo, no ocurrió el incidente en este lugar como dije en otra anotación, sino que el cura vivía en otra casa situado en la carretera de Pravio a Cecebre, que aún no localicé.

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