
TRABAJOS FORZADOS DURANTE LA REPÚBLICA
Salvo mejor opinión, fue la II República quien en el siglo XX estableció en España los trabajos forzados para los internados en establecimientos penitenciarios con la promulgación de la Ley de Vagos y Maleantes de 4 de agosto de 1933, siendo presidente del consejo de ministros Manuel Azaña Díaz. Como consecuencia de la misma se organizaron tres establecimientos: la Colonia Agrícola que se creó en terrenos de cultivo de la Prisión Central de Burgos para la producción de cereales, patata y remolacha, "la casa de trabajo, que con el nombre, no muy apropiado de "Reformatorio" funciona en Alcalá de Henares con insospechados resultados de producción y disciplina", tal y como aparece en el Decreto que las establece; y la antigua Prisión Central del Puerto de Santa María que se emplearía como establecimiento de custodia.
Por si las negritas no diesen idea de que se trataba de centros en los que se realizaban trabajos forzados, el Reglamento que desarrolla esta ley indica que los establecimientos estarían a cargo del "Cuerpo de Prisiones, siguiéndose pautas tutelares que tendrán como fin primordial la corrección física y moral de los peligrosos y su preparación útil para la vida social".
Al margen, me gustaría destacar que en mi opinión esta ley también se podía aplicar a homosexaules ¿Que el Franquismo acrecentó la persecución? Por supuesto. Pero en el Reglamento de esta ley podemos leer que se aplicaba a proxenetas, pederastas, a aquellos que viviesen con medios que no pudieran justificar, ebrios, toxicómanos, los que administrasen alcohol a menores de 14 años, los que traficasen con substancias u objetos de comercio ilícito, los que protegiesen o se lucrase con la emigración o inmigración clandestina, los contrabandistas "y en general, todas aquellas personas que por su forma de vida habitual, dedicada a actividades inmorales, demuestran un estado de peligrosidad por analogía con lo dispuesto en la Ley". Cajón de sastre que recuerda a otros como el de la Ley de Defensa de la República.
Que la homosexualidad estaba tan mal considerada por derechas como por izquierdas, puede dar idea lo que decía en La Vanguardia el requetesocialista Max Aub en 1938:
El fascismo lucha contra lo existente, contra lo natural, contra la naturaleza, (por eso se cuentan tantos homosexuales entre los fascistas).
O que incluso, el mismo diario a los seis meses, al ocuparse de los jerarcas nazis, equipare "homosexualismo, sadismo, morfinismo".
CAMPOS DE CONCENTRACIÓN Y TRABAJOS FORZADOS EN GUERRA Y TRAS LA GUERRA
Vistos los artículos de prensa que dan jabón al gobierno, cualquiera diría que el bando vencedor realizó lo que no hizo el perdedor ¿pero qué clase de milonga se quiere colar? ¿Es que el bando republicano no tuvo campos de concentración y de trabajo forzado para la construcción de trincheras y obras de fortificación? Son muchos menos, que para eso perdieron la guerra y tuvieron ocasión de hacer menos prisioneros. Pero haberlos, húbolos, aunque se conozcan en mucha menor medida, que no está de moda y no queda bien decir lo que estoy comentando. Por no conocer, no se tiene noticia que el bando republicano pagase a aquellos prisioneros sometidos a trabajos forzados.
¿Eran esclavos los internados en campos de trabajadores penados y similares organizados por el bando ganador? Entiendo que no. El Decreto nº 281 de 28 de mayo de 1937 Concediendo el derecho al trabajo a los prisioneros de guerra y presos por delitos no comunes, bajo las condiciones que se establecen, habla del derecho, cosa que no tengo muy claro si en realidad era un deber, o como creo, para unos era un deber, y para otros era la opción que se les proporcionaba a algunos penados de permanecer en un establecimiento penitenciario o ingresar en un campo de trabajo, con lo cual además de cobrar un jornal, podían beneficiarse de una reducción en la condena. De acuerdo con esta disposición, el penado recibiría como peón un jornal de dos pesetas, de las que se reservaría el Estado 1,50 para su manutención, entregándosele los 50 cts. restantes. El jornal sería de 4 pts. si el trabajador contase con esposa residente en zona "nacional" que dependiese de él, y se añadiría una peseta más por cada hijo menor de 15 años hasta el límite del jornal medio de un bracero de la localidad. Si el trabajo al que se le destinase no fuera el de peón, las retribuciones se incrementarían ¿Qué retribución percibía un penado sometido a trabajos forzados en aplicación de la Ley de vagos y maleantes durante la II República? No lo sé, no conozco estudios que aclaren este punto, pero me parecería francamente raro que cobrasen lo mismo que ciudadano libre.
¿Que el jornal era bajo en los campos de trabajadores penados? Por supuesto. Pero tampoco me parece serio hablar de "esclavos", que evidentemente, no cobraban. A día de hoy, salvo excepciones, parece que los salarios que percibe un ciudadano en prisión son inferiores a los 500 €, y aquellos que tengan que hacer frente al pago de alguna responsabilidad civil, se les descuenta un 20% al mes.
ESCLAVAS DE FRANCO
¿Cuánto cobraba una mujer obrera en 1939? Tengo la respuesta en el Boletín Oficial de la Provincia umbiliqueña, nº 28, de 3 de febrero. En él aparece una Circular fijando el jornal mínimo de la mujer obrera en dicha provincia, que al igual que en nuestros días y sobre todo en el mundo rural, lamentablemente, suele ser inferior al del hombre. Se establecen cuatro categorías en función de la población:
-En las poblaciones de primera categoría (sólo Umbilicus mundi), cobraban 4 pts.
-En las de segunda (Santiago y Ferrol): 3,80 pts.
-En las de tercera (Betanzos, Cariño, Cedeira, Cee, Corcubión, Muros, Órdes, Noia, Ortigueira, Padrón, Poboa do Caramiñal, Pontedeume y Riveira): 3,60 pts.
-En las de cuarta categoría, es decir, las restantes: 3,40 pts.
Hay excepciones. Son de primera categoría todos los centros mineros de la provincia; de segunda una fábrica de abonos químicos y una conservera enclavadas en poblaciones de cuarta categoría; de tercera, otra fábrica de conservas enclavada en una población también de cuarta categoría.
Las aprendices cobraban un jornal no inferior al 50% del que percibiesen las obreras aptas. Los períodos de aprendizaje oscilaban entre el mes y los 36 meses dependiendo del trabajo a desarrollar. Este tiempo se dividía en cuatro períodos iguales, teniendo al final de cada uno de ellos un aumento equivalente a la cuarta parte de la diferencia que existiese entre el sueldo inicial de entrada y aquel otro a disfrutar en el momento de alcanzar la aptitud.
CONCLUSIÓN
Salvo mejor opinión, por supuesto. Me parece excesivo, demagógico, en absoluto neutral y bastante tendencioso, hablar de esclavos de Franco:
1) Porque la II República estableció los trabajos forzados a través de la Ley de vagos y maleantes; porque no se sabe que el bando republicano retribuyese con un solo céntimo a sus trabajadores penados... y parece que el embudo por un lado no es lo mismo que por el otro.
2) Porque los presos de ayer y de hoy cobran menos que un trabajador libre.
3) Porque la diferencia de salario con respecto a las mujeres obreras en 1939, madres solteras y viudas incluidas, no me parece tan grande. Además, el penado, recibía una compensación en especie al reducir su condena con el trabajo, que no sé porqué hay que dejar de considerar.
4) Otra cosa es que las condenas puedan parecer injustas o ilegítimas, pero esa es otra guerra en la que habría que analizar la casuística, que en el caso de un señor que daba palizas en una checa o uno que ponía corrientes en los pechos a una señora, no sé porqué iba a irse de rositas si había ganado el bando contrario ¿O es que si hubiese salido victorioso el bando perdedor alguien se puede creer que no iban a encarcelar y fusilar a una parte de los sublevados? ¿Alguien se puede creer que iban a reintegrar en sus puestos a los funcionarios que habían depurado como si no hubiese pasado nada?
Venga, hombre, venga, que sí, que lo que quieran, pero como yo soy de los que piensan que en ese conflicto ambos bandos tuvieron culpa, y ambos disculpa; que ambos hicieron burradas, que podemos repartir razones y sinrazones entre los dos contendientes, ante esto de los Esclavos de Blanco sólo digo: lo que quieran, pero tururú.